Alquiler para unes, deudas para otres, miseria para el resto

Las medidas del Gobierno aprobadas el 31 de marzo en el RDL 11/2020 nos plantean un panorama terriblemente preocupante a todas las personas que pagamos alquiler en el Estado Español.

Antes de la aprobación de este Real Decreto Ley, viendo que el Gobierno no había adoptado aún medidas para solucionar los problemas que se estaban empezando a dar en relación a los pagos de alquileres, el Sindicato de Inquilin@s de Gran Canaria convocó una Huelga de Alquileres General e Indefinida para el 1 de abril de 2020, a la que se han ido sumando otros sindicatos y colectivos de vivienda, incluyendo a la Oficina Popular de Vivienda de Valladolid y que ha traspasado las fronteras del Estado convirtíendose en una huelga internacional.

En dicha convocatoria se anima a toda la población inquilina y a todos los colectivos de vivienda a unirse a la huelga, recordando que, como siempre, los colectivos más vulnerables (arrendataries, migrantes, personas sin hogar, trabajadores doméstiques, precaries) han sido deliberadamente ignorados de las medidas.

Hoy, a 5 de abril de 2020, tras la aprobación del Real Decreto 11/2020 la situación es parecida o peor. El Gobierno ha aprobado un paquete de medidas relativas al pago del alquiler, pensadas, según dicen, para apoyar a los colectivos más vulnerables, y que en resumidas cuentas proponen un endeudamiento de la población más precaria (la que tiene papeles, contrato de trabajo y alquiler, claro) y una dependencia total y absoluta de unos servicios sociales que ya estaban saturados en el escenario pre-pandemia. Pero veamos a qué se refieren exactamente estas medidas.

En primer lugar, el Gobierno hace una definición de colectivos vulnerables, según la cual hay que cumplir dos requisitos (recogidos en el artículo 5):

  1. Que a consecuencia de la crisis económica provocada por el COVID-19, la persona que paga el alquiler se encuentre en situación de desempleo, se le haya aplicado un ERTE o reducción de jornada por cuidados de personas dependientes, o que haya sufrido una pérdida sustancial de ingresos. En el artículo se especifica la renta máxima que no puede superar ninguna unidad familiar para que se pueda acoger a las medidas del Gobierno, dependiendo de si tiene hijes a su cargo u otras personas dependientes, varía entre los 1613,52€ y los 2151,36€.
  2. Que los gastos de alquiler, sumados a los gastos y suministros básicos (electricidad, gas, gasoil para calefacción, agua, telecomunicación fija y móvil (internet, teléfono y móvil) y comunidad de propietarios, sean superiores al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.

Consideramos que esta definición de colectivos vulnerables es escasa y muy limitada, ya que deja fuera de las medidas a toda aquella persona que ya estuviera en paro antes de la pandemia, que no tenga contrato de trabajo (recordemos que las trabajadoras del hogar y cuidadoras, normalmente migrantes, representan un amplio porcentaje de este colectivo) o que su trabajo no esté considerado como tal (como es el caso de las trabajadoras sexuales), que no tenga contrato de alquiler o que esté en “situación irregular” en el Estado.

Por otra parte, el Gobierno hace una distinción entre pequeños propietarios y grandes tenedores, ya que considera que no es lo mismo no pagarle el alquiler a uno que a otro. Veamos estas definiciones:

  • Como gran tenedor o propietario se considera a toda aquella persona física o jurídica (empresa) que tenga más de diez inmuebles excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1500m2.
  • Como pequeño propietario, por tanto, se considera a todo aquel que no cumpla los requisitos anteriores.

Estas definiciones son, nuevamente, para echarse las manos a la cabeza, sobretodo teniendo en cuenta que el propio RD hace énfasis en que «la vulnerabilidad del arrendatario» no se traslade a «los arrendadores, especialmente a aquellos para los que los ingresos generados por la renta del alquiler pueden ser esenciales». En ningún caso se puede considerar que una persona que tiene dos, tres, cinco o hasta diez inmuebles, excluyendo garajes y trasteros (que recordemos en algunas partes de la ciudad alcanzan el mismo precio que las viviendas), pueda verse en una situación de vulnerabilidad si no reciben los pagos de las rentas. Si no reciben ingresos para mantener su nivel de vida es por estar viviendo de la especulación, no porque se encuentren en situación de vulnerabilidad.

Las medidas que ha aprobado el Gobierno en materia de alquileres incluyen:

  1. Que en el caso de los grandes tenedores, empresas o entidades pública de vivienda, se establezca una moratoria de los pagos total o parcial (de hasta el 50%). Es decir, que el alquiler se tenga que pagar igualmente, pero en los meses posteriores a la finalización del Estado de Alarma (creando una deuda a les arrendataries).
  2. Que en el caso de los pequeños propietarios, se pueda solicitar un aplazamiento temporal o condonación parcial y total del alquiler (para lo cual el propietario tiene que estar de acuerdo), o que les arrentataries se acojan a alguna de las ayudas que ofrece el Gobierno.
  3. Las ayudas que ofrece el Gobierno son, o bien la concesión de microcréditos bancarios para pagar el alquiler durante un máximo de 6 meses, sin intereses ni gastos, lo cual genera una deuda a las personas que lo soliciten; o bien una serie de ayudas de hasta 900€/mes y de hasta el 100% del alquiler o el crédito que se haya pedido para pagarlos, con lo que les arrendataries pasan a depender de los servicios sociales, ya de por sí colapsados.
  4. En materia de desahucios, se suspenden (siempre y cuando no hubiera fecha ya) los desahucios sin alternativa habitacional durante un plazo máximo de 6 meses, de modo que los servicios sociales puedan atender todos los casos. Es decir, que se pospongan hasta 6 meses desde que se levante el Estado de Alarma para que les dé tiempo a los servicios sociales de organizarse, porque se entiende que va a haber muchos desahucios y todos de golpe sería difícil de llevar para los servicios sociales.
  5. Se establece una prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, si el contrato finaliza entre el 31 de marzo y 2 meses después del fin del Estado de Alarma, por un máximo de 6 meses.
  6. Establecimiento de un programa de ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, nuevamente, pasando por los servicios sociales.

Huelga de alquileres. Inquilines, guardad vuestra renta. Propietarios, guardad las distancias.

Todas estas medidas nos parecen a todas luces insuficientes, ya que, como hemos dicho, no acogen a las personas realmente más vulnerables, y a las que acogen, lo hacen para generarles una deuda o una dependencia de los servicios sociales. Es por ello que consideramos que la organización horizontal y desde abajo de todas las personas que nos encontramos con que no vamos a poder pagar el alquiler estos meses, con medidas o sin ellas, así como todas aquellas que se quieran unir a la huelga en solidaridad, es de vital importancia para demostrar nuestra fuerza y presionar a aquellos que más tienen. No queremos moratorias ni deudas, queremos la suspensión total de los pagos de alquileres.

No podemos obviar que la convocatoria de la huelga nace desde el privilegio de todas las personas que tenemos una situación regular en el Estado y, como mínimo, un contrato de alquiler. Es por ello que consideramos necesario incluir entre nuestras reivindicaciones, aquellas provenientes de los colectivos excluidos por las medidas.

Así, reivindicamos:

  1. Suspensión inmediata del pago de la renta, especialmente para arrendatarios en situación de vulnerabilidad y para arrendadores que sean multirentistas o personas jurídicas (la minoría que no cumpla estos requisitos que reclame una Renta Básica Universal). Mientras no se adopte esta medida, sin ingresos suficientes y regulares, no pagaremos.
  2. Que las viviendas abandonadas en manos de fondos, entidades financieras y bancarias (sobre todo las que han sido rescatadas con dinero público) sean socializadas y puestas a disposición de las miles de personas y familias que hoy carecen de hogar.
  3. Regularización inmediata de todas las personas en situación irregular en el Estado.
  4. Derogación de la Ley de Extranjería.
  5. Cierre definitivo de los CIEs.
  6. Cese de TODAS las deportaciones y de las redadas e identificaciones racistas.

Si quieres saber cómo unirte a la huelga, visita este post.

¡Vecina, organízate!

Huelga de alquileres – 1 de abril de 2020

Huelga por la suspensión de alquileres por la crisis del COVID-19

¿Porque vamos a la huelga?
Somos muchas las personas que, a raíz de la crisis sanitaria provocada por el COVID-9 hemos visto reducidos nuestros ingresos o incluso nos hemos quedado sin ellos y no vamos a poder pagar el alquiler de nuestra casa o de nuestro local comercial.

El gobierno ha respondido de forma ineficaz a esta situación, proponiendo moratorias (aplazamientos, que no suspensiones), microcréditos (que sabemos que terminarán suponiendo un endeudamiento de la población más precaria), y otras medidas que no servirán para paliar las dramáticas situaciones que estamos empezando ya a vivir.

Es momento de dar un paso más y no dejar que el problema recaiga de forma individual sobre cada une de nosotres. Pueden ignorar un impago, pero no miles. Creemos sinceramente que sólo si lo hacemos de forma coordinada, con una demanda conjunta y un plan de actuación, podemos conseguir que el gobierno suspenda los alquileres. Esto sólo tiene un nombre: huelga de alquileres.

Nos sumamos a las reivindicaciones del Sindicato de Inquilinas de Gran Canaria, que en la convocatoria de la huelga declaran:

Nuestras exigencias básicas son claras:

Suspensión inmediata del pago de la renta, especialmente para arrendatarios en situación de vulnerabilidad y para arrendadores que sean multirentistas o personas jurídicas (la minoría que no cumpla estos requisitos que reclame una Renta Básica Universal). Mientras no se adopte esta medida, sin ingresos suficientes y regulares, no pagaremos.

Que las viviendas abandonadas en manos de fondos, entidades financieras y bancarias (sobre todo las que han sido rescatadas con dinero público) sean socializadas y puestas a disposición de las miles de personas y familias que hoy carecen de hogar.

¿Quién está llamado a participar de esta huelga?
Toda persona que haya visto reducidos sus ingresos a causa de la crisis del Covid19 y que su propietario no haya aceptado suspenderle el pago del mes de abril, así como toda la comunidad inquilina en solidaridad con las primeras.

¿Cómo sumarse a la huelga? Pasos a seguir para secundar la huelga

Si no puedes (o en solidaridad no quieres) pagar el alquiler de este mes y sumarte a la huelga, te indicamos los pasos que tienes que seguir para poder hacerlo.

1º Escríbenos un correo a oficinadevivienda (arroba) riseup.net explicándonos tu situación para que podamos hacer un seguimiento de tu caso.

Habla con tu casere para explicarle que no puedes pagar el alquiler este mes, alegando los motivos que creas oportunos. El objetivo de esta primera notificación es tratar de negociar de forma amistosa.

3º Entra en la página web https://suspensionalquileres.org/ y sigue los pasos que te indican en la guía.

  1. Rellena el formulario. Es muy importante que lo completes para poder contactarnos y que os podamos continuar mandando información de los próximos pasos.

  2. Descarga el modelo de notificación de impago para enviar a la propiedad, rellenándolo con tus datos.  Lo encontrarás listo para descarga al final del formulario. Mándalo a través de correo electrónico a tu propietario y administrador de fincas.

  3. Descarga el modelo de notificación de huelga para enviar al ministerio de vivienda (portal.vivienda@fomento.es) poniendo en copia al siguiente correo: impagoalquiler@gmail.com. También lo puedes encontrar al final del formulario.

Difunde la iniciativa entre tus vecines, amigues y familiares para que se sumen y hagan aportaciones a la caja de resistencia.

¿Cuáles son los riesgos legales de hacer huelga de alquileres?
Hacer huelga de alquileres no es ilegal, pero tampoco está reconocida como derecho en nuestra legislación. Por lo tanto su éxito dependerá de la fuerza que tengamos y de cuántas personas seamos.

Mientras siga vigente el Estado de Alarma, nuestro casero no nos pueden denunciar por impago, pero una vez esta situación se acabe, si el gobierno no toma medidas, sí que lo podrían hacer. Desde el punto de vista jurídico no pagar y pagar menos de lo acordado en contrato son la misma situación.

La denuncia por impago del alquiler es una denuncia civil y no deja antecedentes legales. Si el juicio se pierde se han de asumir las costas económicas y unos meses después habrá una orden de desahucio. Hasta que esta orden no llegue, nadie nos puede echar de nuestras casas: el domicilio es inviolable y nadie puede entrar sin tu consentimiento.

¿Cuáles son nuestros compromisos como Oficina Popular de Vivienda de Valladolid?

  • Coordinarnos con otros colectivos estatales y sindicatos de inquilines para hacer fuerza y presionar al gobierno.
  • Facilitar toda la información necesaria de tipo administrativo y legal a toda aquella persona que se quiera sumar a la huelga.
  • Hacer un seguimiento de casos durante y después del confinamiento. Para ello ofrecemos asesoramiento legal, acompañamiento psicológico, negociación y mediación con la propiedad. En caso de deshaucio, le haremos frente en cualquiera de sus fases.

¡Nace la Oficina Popular de Vivienda de Valladolid!

Nos complace mucho anunciar el nacimiento de la Oficina Popular de Vivienda de Valladolid, un colectivo centrado en la lucha por unas condiciones de vivienda digna, la reivindicación de nuestros derechos habitacionales y toda la problemática que se desarrolla alrededor de las condiciones de habitación.

¿Quiénes somos?

La Oficina Popular de Vivienda de Valladolid está formada por un grupo de personas del CSA La Ortiga (c/ Vizcaya, 1) que llevamos trabajando unos meses con el objetivo de impulsar la lucha por unas condiciones de vivienda digna.

La oficina se define como horizontal, asamblearia, autónoma y autogestionaria, en solidaridad con otras opresiones: antiespecismo, anticapitalismo, ecologismo, transfeminismo, antifascismo, antirracismo, anticapacitismo, y de defensa de los valores de la libertad, la diversidad y la lucha contra toda opresión y autoridad, comprometiéndose a integrarlas en sus prácticas.

Tiene como objetivo garantizar unas condiciones de vivienda digna para todas las personas. Entendemos que el hogar es un derecho fundamental, por lo que luchamos contra los desahucios, los alquileres abusivos, los cortes de suministro y la especulación, buscando soluciones colectivas y apostando por la solidaridad y el apoyo mutuo.

¿A quién va dirigido?

Esta oficina nace para reivindicar nuestros derechos habitacionales, sin importar nuestra situación legal (inquilines, hipotecades, precaristas, etc.).

¿Por qué ahora?

Pensamos que la actual situación derivada de la crisis sanitaria que está teniendo lugar en todo el Estado Español va a afectar de forma específica a las condiciones de vivienda, por lo que hemos decidido comenzar ahora nuestra actividad pública.

¿Qué medidas vamos a adoptar para afrontar esta situación?

Vamos a hacer frente a la situación, buscando soluciones colectivas para intentar abordar las necesidades y problemáticas actuales, apostando por la solidaridad y el apoyo mutuo.

Por ello hemos decidido sumarnos a la convocatoria de huelga estatal de alquileres del 1 de abril convocada por el Sindicato de Inquilinas de Gran Canaria y secundada por gran número de sindicatos y colectivos de vivienda de todo el Estado.

Para más información:

Convocatoria de la Huelga de Alquileres: https://sindicatodeinquilinasgc.noblogs.org/2020/03/23/convocatoria-de-huelga-de-alquileres-1-de-abril/Sindicato de Inquilinas de Gran Canaria

Web con información y formularios sobre cómo secundar la huelga: https://suspensionalquileres.org