Regularización YA

Desde la Oficina Popular de Vivienda de Valladolid nos sumanos a la campaña Regularización Ya promovida por diversos colectivos antirracistas de todo el Estado, que tiene como finalidad la regularización de todas las personas en el Estado Español.

Ya añadíamos en un post reciente que las medidas actuales del Gobierno dejan en una situación de desprotección total a todas las personas que no tienen papeles, ya que no se pueden acoger a ellas. Para las personas en situación irregular, además, la violencia institucional se une a la violencia de los caseros, que en muchas ocasiones amenazan a les inquilines sin papeles ni contrato con llamar a la policía, con el riesgo de detención que esto supone para estas personas. Así, muchas se están viendo en la calle, sin trabajo ni dinero, y con escasas posibilidades de encontrar una alternativa habitacional en estos tiempos de pandemia.

Por eso nos sumamos a las reivindicaciones de la campaña #RegularizaciónYA que exige:

  1. Regularización amplia y extraordinaria de todas las personas migrantes que viven en territorio español, independientemente de los requisitos que impone la Ley de Extranjería.
  1. Resolución favorable e inmediata de todas las solicitudes y expedientes de asilo y refugio.
  1. Para la consecución de esta regularización extraordinaria, el Gobierno debe de asegurar  procedimientos y medios administrativos expeditos para la tramitación y resolución de estos expedientes.
  1. Priorizar el derecho a la vida familiar y el interés superior del menor en todos trámites de regularización familiar, sin supeditarse a ningún requisito administrativo.
  1. Liberación inmediata de todas las personas internas en CIEs y CETIs de Ceuta y Melilla, anulación de todos los expedientes de deportación y agilización de los laisse-passez y, por último, cierre definitivo y permanente de estos centros.
  1. Sanciones efectivas y eliminación de todo tipo de acción policial y de seguridad discriminatoria, basada en la identificación por perfil étnico.
  1. Para la infancia/juventud migrante sin referentes adultos en el Estado español: sustento económico y apoyo socio-educativo en la transición hacia la autonomía en la vida adulta, una vez cumplida la mayoría de edad. Adjudicación retroactiva de la residencia con trabajo desde la fecha inicial de la declaración de desamparo en caso de no haberse regularizado al cumplir los 18 años.

Alquiler para unes, deudas para otres, miseria para el resto

Las medidas del Gobierno aprobadas el 31 de marzo en el RDL 11/2020 nos plantean un panorama terriblemente preocupante a todas las personas que pagamos alquiler en el Estado Español.

Antes de la aprobación de este Real Decreto Ley, viendo que el Gobierno no había adoptado aún medidas para solucionar los problemas que se estaban empezando a dar en relación a los pagos de alquileres, el Sindicato de Inquilin@s de Gran Canaria convocó una Huelga de Alquileres General e Indefinida para el 1 de abril de 2020, a la que se han ido sumando otros sindicatos y colectivos de vivienda, incluyendo a la Oficina Popular de Vivienda de Valladolid y que ha traspasado las fronteras del Estado convirtíendose en una huelga internacional.

En dicha convocatoria se anima a toda la población inquilina y a todos los colectivos de vivienda a unirse a la huelga, recordando que, como siempre, los colectivos más vulnerables (arrendataries, migrantes, personas sin hogar, trabajadores doméstiques, precaries) han sido deliberadamente ignorados de las medidas.

Hoy, a 5 de abril de 2020, tras la aprobación del Real Decreto 11/2020 la situación es parecida o peor. El Gobierno ha aprobado un paquete de medidas relativas al pago del alquiler, pensadas, según dicen, para apoyar a los colectivos más vulnerables, y que en resumidas cuentas proponen un endeudamiento de la población más precaria (la que tiene papeles, contrato de trabajo y alquiler, claro) y una dependencia total y absoluta de unos servicios sociales que ya estaban saturados en el escenario pre-pandemia. Pero veamos a qué se refieren exactamente estas medidas.

En primer lugar, el Gobierno hace una definición de colectivos vulnerables, según la cual hay que cumplir dos requisitos (recogidos en el artículo 5):

  1. Que a consecuencia de la crisis económica provocada por el COVID-19, la persona que paga el alquiler se encuentre en situación de desempleo, se le haya aplicado un ERTE o reducción de jornada por cuidados de personas dependientes, o que haya sufrido una pérdida sustancial de ingresos. En el artículo se especifica la renta máxima que no puede superar ninguna unidad familiar para que se pueda acoger a las medidas del Gobierno, dependiendo de si tiene hijes a su cargo u otras personas dependientes, varía entre los 1613,52€ y los 2151,36€.
  2. Que los gastos de alquiler, sumados a los gastos y suministros básicos (electricidad, gas, gasoil para calefacción, agua, telecomunicación fija y móvil (internet, teléfono y móvil) y comunidad de propietarios, sean superiores al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.

Consideramos que esta definición de colectivos vulnerables es escasa y muy limitada, ya que deja fuera de las medidas a toda aquella persona que ya estuviera en paro antes de la pandemia, que no tenga contrato de trabajo (recordemos que las trabajadoras del hogar y cuidadoras, normalmente migrantes, representan un amplio porcentaje de este colectivo) o que su trabajo no esté considerado como tal (como es el caso de las trabajadoras sexuales), que no tenga contrato de alquiler o que esté en “situación irregular” en el Estado.

Por otra parte, el Gobierno hace una distinción entre pequeños propietarios y grandes tenedores, ya que considera que no es lo mismo no pagarle el alquiler a uno que a otro. Veamos estas definiciones:

  • Como gran tenedor o propietario se considera a toda aquella persona física o jurídica (empresa) que tenga más de diez inmuebles excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1500m2.
  • Como pequeño propietario, por tanto, se considera a todo aquel que no cumpla los requisitos anteriores.

Estas definiciones son, nuevamente, para echarse las manos a la cabeza, sobretodo teniendo en cuenta que el propio RD hace énfasis en que «la vulnerabilidad del arrendatario» no se traslade a «los arrendadores, especialmente a aquellos para los que los ingresos generados por la renta del alquiler pueden ser esenciales». En ningún caso se puede considerar que una persona que tiene dos, tres, cinco o hasta diez inmuebles, excluyendo garajes y trasteros (que recordemos en algunas partes de la ciudad alcanzan el mismo precio que las viviendas), pueda verse en una situación de vulnerabilidad si no reciben los pagos de las rentas. Si no reciben ingresos para mantener su nivel de vida es por estar viviendo de la especulación, no porque se encuentren en situación de vulnerabilidad.

Las medidas que ha aprobado el Gobierno en materia de alquileres incluyen:

  1. Que en el caso de los grandes tenedores, empresas o entidades pública de vivienda, se establezca una moratoria de los pagos total o parcial (de hasta el 50%). Es decir, que el alquiler se tenga que pagar igualmente, pero en los meses posteriores a la finalización del Estado de Alarma (creando una deuda a les arrendataries).
  2. Que en el caso de los pequeños propietarios, se pueda solicitar un aplazamiento temporal o condonación parcial y total del alquiler (para lo cual el propietario tiene que estar de acuerdo), o que les arrentataries se acojan a alguna de las ayudas que ofrece el Gobierno.
  3. Las ayudas que ofrece el Gobierno son, o bien la concesión de microcréditos bancarios para pagar el alquiler durante un máximo de 6 meses, sin intereses ni gastos, lo cual genera una deuda a las personas que lo soliciten; o bien una serie de ayudas de hasta 900€/mes y de hasta el 100% del alquiler o el crédito que se haya pedido para pagarlos, con lo que les arrendataries pasan a depender de los servicios sociales, ya de por sí colapsados.
  4. En materia de desahucios, se suspenden (siempre y cuando no hubiera fecha ya) los desahucios sin alternativa habitacional durante un plazo máximo de 6 meses, de modo que los servicios sociales puedan atender todos los casos. Es decir, que se pospongan hasta 6 meses desde que se levante el Estado de Alarma para que les dé tiempo a los servicios sociales de organizarse, porque se entiende que va a haber muchos desahucios y todos de golpe sería difícil de llevar para los servicios sociales.
  5. Se establece una prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, si el contrato finaliza entre el 31 de marzo y 2 meses después del fin del Estado de Alarma, por un máximo de 6 meses.
  6. Establecimiento de un programa de ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, nuevamente, pasando por los servicios sociales.

Huelga de alquileres. Inquilines, guardad vuestra renta. Propietarios, guardad las distancias.

Todas estas medidas nos parecen a todas luces insuficientes, ya que, como hemos dicho, no acogen a las personas realmente más vulnerables, y a las que acogen, lo hacen para generarles una deuda o una dependencia de los servicios sociales. Es por ello que consideramos que la organización horizontal y desde abajo de todas las personas que nos encontramos con que no vamos a poder pagar el alquiler estos meses, con medidas o sin ellas, así como todas aquellas que se quieran unir a la huelga en solidaridad, es de vital importancia para demostrar nuestra fuerza y presionar a aquellos que más tienen. No queremos moratorias ni deudas, queremos la suspensión total de los pagos de alquileres.

No podemos obviar que la convocatoria de la huelga nace desde el privilegio de todas las personas que tenemos una situación regular en el Estado y, como mínimo, un contrato de alquiler. Es por ello que consideramos necesario incluir entre nuestras reivindicaciones, aquellas provenientes de los colectivos excluidos por las medidas.

Así, reivindicamos:

  1. Suspensión inmediata del pago de la renta, especialmente para arrendatarios en situación de vulnerabilidad y para arrendadores que sean multirentistas o personas jurídicas (la minoría que no cumpla estos requisitos que reclame una Renta Básica Universal). Mientras no se adopte esta medida, sin ingresos suficientes y regulares, no pagaremos.
  2. Que las viviendas abandonadas en manos de fondos, entidades financieras y bancarias (sobre todo las que han sido rescatadas con dinero público) sean socializadas y puestas a disposición de las miles de personas y familias que hoy carecen de hogar.
  3. Regularización inmediata de todas las personas en situación irregular en el Estado.
  4. Derogación de la Ley de Extranjería.
  5. Cierre definitivo de los CIEs.
  6. Cese de TODAS las deportaciones y de las redadas e identificaciones racistas.

Si quieres saber cómo unirte a la huelga, visita este post.

¡Vecina, organízate!